CGR señala nuevamente a las CAR con interpretaciones inexactas

CGR señala nuevamente a las CAR con interpretaciones inexactas

Problemas estructurales del SINA, desconocimiento del régimen especial de las CAR y las diferencias de interpretación con los equipos auditores de la CGR, que por lo general tienen diversos perfiles profesionales, que no siempre son idóneos para realizar una objetiva evaluación, dan como resultados informes con múltiples hallazgos que afectan a las CAR.

Contradictoriamente la misma Contraloría recomendó a la CVC en auditoría del año 2007, mantener la política de preservación del capital para no perder valor, ni generar déficit operacional.

Bogotá, 17 de julio de 2018. Como inadecuado e inexacto consideraron las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible del país, la descalificación de las CAR, consignado en el comunicado de prensa No. 106 de la Contraloría General de la República.

Reconocemos que somos sujeto de control de la Contraloría General de la República, pero “son afirmaciones graves, con las cuales no podemos estar de acuerdo. En el comunicado es evidente la intencionalidad de descalificar y desinformar sobre las Corporaciones, con afirmaciones que empañan la buena gestión que adelantan en sus regiones, lo que hace mucho daño y deslegitima ante la opinión pública a las CAR. Sin desconocer la complejidad en que desarrollan su gestión, las CAR son las entidades ambientales que más logros y acciones ambientales regionales reportan al país, porque son las que implementan las políticas ambientales, están y actúan en el territorio”, dijo Ramón Leal Leal, director ejecutivo de ASOCARS.

Estos hallazgos señalan la presunción más no la certeza de una falta, y que para desvirtuarla ya sea fiscal, disciplinaria, penal o administrativa, una vez recibido el informe las CAR tienen la oportunidad de demostrar que han realizado un trabajo ajustado a la normatividad vigente. Las CAR seguirán cumpliendo con su labor misional de protección del medio ambiente y prestas a suscribir los planes de mejoramiento.

“Esta situación se vuelve recurrente y la veíamos venir, por ello, nos hemos reunido con el Contralor General y el Delegado para Asuntos Ambientales a fin de revisar el proceso auditor, que en muchas ocasiones y por diferentes causas no atribuibles a las CAR, por ser estructurales, generan hallazgos cuyo manejo mediático causan grave daño a la institucionalidad ambiental y que, por lo general, en procesos posteriores, muchos de esos hallazgos son desvirtuados, pero no divulgados. Por eso, no compartimos las interpretaciones que los equipos auditores hacen de los temas objeto de auditoría y además la manera como se divulgan los hallazgos que se hacen a estas autoridades ambientales regionales”, afirmó Leal.

Recursos
Es inexacto decir que “10 CAR manejaron recursos por casi $4 billones en 2017”, cuando en total las 33 CAR alcanzan 2.5 billones de los cuales más del 50% tienen una destinación específica.

La ejecución de recursos de las CAR se ajusta a las políticas ambientales y normatividad aplicable, y parten de realizar su principal función misional de máximas autoridades en sus jurisdicciones. Actúan en contratación y compras cumpliendo además de la Ley 80, con el SECOP y demás iniciativas gubernamentales de transparencia.

Autonomía
Señala el comunicado que “la autonomía de las Corporaciones puede verse afectada, pues los miembros de sus Consejos Directivos son los Alcaldes y Gobernadores de la jurisdicción, quienes también eligen a los directores generales, pudiendo verse afectada la función sancionatoria que tienen en sus jurisdicciones a quienes realicen actividades que afecten el medio ambiente”, se aclara que los alcaldes y gobernadores no son quienes exclusivamente eligen a los directores, ya que también hacen parte de este órgano de dirección representantes del presidente de la República, del ministro, sectores productivos, representantes de comunidades negras e indígenas, y demás actores regionales.

Es así como por su especialidad ambiental y conocimiento del territorio, las CAR son entidades muy importantes para el desarrollo sostenible del país y cuentan con profesionales expertos y conocedores de las problemáticas ambientales. Por ello, “es preocupante que la Contraloría no destaque el fortalecimiento que han tenido mediante los planes de mejoramiento que se dan como resultado de estos procesos auditores, ya que consideramos que es muy importante el papel que puede cumplir la CGR, al apoyar a la administración pública en la identificación de aquellas acciones u omisiones que interfieran con el accionar del Estado, procurando la mejora continua”, explicó Leal.

Las CAR como entidades públicas integrantes del Estado, cuentan con instrumentos e instancias que regulan los procesos y procedimientos administrativos, antes, durante y después de adoptadas las decisiones presupuestales. El no pertenecer a ninguna rama del poder público, por disposición de la Constitución Política, no las convierte en unas ruedas sueltas, siendo parte del Estado Colombiano al igual que el Banco de la República, las Universidades Públicas, y organismos de control como la misma Contraloría y la Procuraduría General de la Nación, sometidos a las reglas de la Constitución Política y de las leyes colombianas, así como a los controles fiscales, disciplinarios, penales, jurisdiccionales y ciudadanos al igual que cualquier entidad pública del orden nacional.

“El futuro de las CAR está en el fortalecimiento de su gestión como autoridades ambientales regionales, fundamentada en el conocimiento de su territorio, continuando con el liderazgo en los temas ambientales en sus respectivas jurisdicciones. Se deben fortalecer técnica y financieramente priorizando el ejercicio de la autoridad ambiental, en beneficio del desarrollo sostenible de las regiones y del país”, concluyó el director de ASOCARS.

CORTOLIMA
Los hallazgos y observaciones de carácter administrativo y fiscal son de aproximadamente 2.800 millones de pesos, que están focalizados a la imposibilidad de cobrar el instrumento financiero denominado; Tasa por uso de agua (TUA) a un distrito de riego que no ha querido formalizar la correspondiente concesión de agua ante la autoridad ambiental regional. Y la prescripción de un proceso de jurisdicción coactiva en contra de un infractor por adelantar actividades mineras en forma ilegal en el municipio de Ataco-Tolima que, por carencias en su proceso de notificación, el infractor no adelantó los pagos de las correspondientes multas ante Cortolima.

En la CVC no se ha perdido un solo peso
La Contraloría manifiesta que “No tiene sustento claro y justificado, el manejo que ha venido dando la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) a los $1,2 billones de pesos, que hace más de dos décadas entregaron el Gobierno Nacional”, al respecto el director de la CVC Rubén Darío Materón afirma que “No es cierto que el Gobierno Nacional haya entregado tales recursos a la CVC. Los $1.2 billones son producto de la venta de las acciones de EPSA, como compensación por los activos entregados y del componente ambiental de Salvajina. Por lo tanto, estos recursos son de los vallecaucanos y sus rendimientos se invierten cada año en el Valle del Cauca.

Así como tampoco es cierto que “se encuentran invertidos en el sistema financiero nacional e internacional (…) convirtiéndose más en una corporación financiera”. La CVC en cumplimiento del Decreto 1275 de 1994 debe mantener estos recursos en fondos de alta rentabilidad. Además, contradictoriamente fue la misma Contraloría la que recomendó a la CVC, en la auditoría realizada a la gestión del año 2007, mantener la política de preservación del capital para no perder valor, ni generar déficit operacional.

Según la Contraloría “se pierde la posibilidad de hacer inversiones en temas ambientales para los cuales deberían ser destinados”, a lo que Materón señala que en el actual Plan de Acción 2016 – 2019, se están invirtiendo recursos del orden de $1 billón, destacándose proyectos como el reforzamiento del jarillón del río Cauca a su paso por Cali, obras de control de inundaciones para La Victoria, Cartago y Bugalagrande; los proyectos de construcción de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, Ptar, de Palmira, Jamundí y Yumbo, entre otros.

La CVC ha planificado un horizonte ambiental a 21 años para el Valle del Cauca mediante el Plan de Gestión Ambiental Regional, instrumento que se construye en conjunto con todos los actores de la región (alcaldes, Gobernación, gremios, comunidades étnicas, ONG, etc.).

Dentro de su misión, viene formulando y ejecutando Planes para el Manejo y Ordenación de los Recursos Naturales, acciones gracias a las cuales, instituciones técnicas en el manejo de temas ambientales como el IDEAM y el Ministerio de Ambiente hacen reportes positivos como la disminución en la deforestación en el Valle del Cauca. Lo cierto es que la CVC es una entidad ambiental autosostenible que garantiza el manejo transparente de los recursos y que pertenece a los vallecaucanos.

CARDER
La Corporación señaló que en dicho documento no se evidenciaron actuaciones que permitan asegurar que hubo una desviación y/o apropiación inadecuada de recursos por parte de terceros, motivo por el cual ninguno de los hallazgos tiene connotación penal.

La CARDER considera que, las apreciaciones de la Contraloría discrepan de la realidad institucional, de los resultados y logros en la gestión ambiental que ha permitido que el departamento se posicione a nivel nacional en espacios como POMCAS, Páramos, Áreas protegidas, entre otros. Teniendo en cuenta que durante el proceso auditor no se logró unificar criterios frente a las posiciones subjetivas adoptadas por el equipo auditor, se elevarán las consultas a la Auditoria General de la República y a los demás órganos a nivel nacional, con el fin de aclarar cada uno de los temas objeto de hallazgos.

CORPOCESAR
La entidad ha venido insistiendo que no es objetiva la apreciación de algunos hallazgos fiscales que dice haberse generado, tal es el caso del cobro de la tasa por uso de agua TUA de la vigencia 2016 y que se liquida en 2017 y en el cual bien no ha habido detrimento patrimonial, pues se hacen conjeturas a futuro en el entendido de que todos los usuarios no han cancelado dicha tasa, pero se desconoce lo establecido en el Decreto 155 de 2004, que le impone a la autoridad ambiental el deber de cobrar la tasa por uso de agua mensualmente mediante factura expedida con la periodicidad que estas determinen, la cual no podrá ser mayor a 1 año, pero no señala que si no se realiza el cobro en dicho término, éste será extemporáneo y por ende se pierde el derecho y no podrán ser objeto de cobro por parte de la Corporación, ni aun en la jurisdicción coactiva.

La directora (E) de CORPOCESAR, Esperanza Charry Morón dice que “Llama la atención que el órgano de control ratifica que la facturación de la entidad debe ser notificada al usuario y firmada por cada usuario que la reciba, desconociendo no solo la complejidad de usuarios que viven en predios rurales sino que además la norma que establece dicho requisito es el código de comercio aplicable a facturas de índole comercial, además de sustentar el hallazgo en que no se hace facturación electrónica y requisitos de pre impresión que claramente la norma no lo establece para este tipo de procedimientos, además de desconocer que se ha venido recibiendo el pago de la tasa por uso de agua que se argumenta como no cobrada e impagable y en no pocos casos se han venido adelantando acciones de cobro pre jurídico y jurídico”.

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